Galleras, corralejas y coleos, quedan prohibidos por ley recién declarada exequible por la Corte Constitucional

  

hoyennoticia.com


Por Martín Nicolás Barros Choles                                          


Tres formas de juegos-apuesta heredados de los españoles que nos conquistaron y saquearon nuestra riqueza con malos tratos a indígenas nativos de Colombia y otras naciones de América Latina. Los citados juegos abolidos por una ley prohibitiva, recién declarada exequible por la Corte Constitucional, ordena, desmontaje de estructuras, sobre juegos relacionado con:  galleras, estadios o coliseos abiertos, para corralejas, corridas de toros y coleos; todos relacionados con animales vacunos machos. 


De la misma forma, se comenzarán a desmontar, las organizaciones, asociaciones y clubes de aficionado a referidos juegos; que se ven afectado por el corte del jovial de entretenimiento, compartiendo sana diversión y recreación, entre colegas, amigos y conocidos; arraigado a costumbres antiquísimas en círculo cultural sin conllevar a ningún peligro que atente contra la sociedad. 


La ley que dispone la prohibición, es la 2385 de 2024, fundamentada en lo relacionado al mal trato animal, requiriendo de protección legal. La misma ley, establece un término de transición de tres años, para que se implemente programas de reconversión económica y cultural, que sustituyan labores, informales y contratadas, en favor de las personas que dependen de rentabilidad ocasional o ganancia en ventas y negocio económico, durante faenas de programaciones establecidas, de manera informal remunerativas.


El objeto de la ley, es la de reconocer respeto por la vida animal, sacrificadas en galleras, corridas y corralejas de toros, becerradas y coleos; entre otros, utilizadas en espectáculos público, socavando la integridad de un ser viviente. El gobierno nacional, tiene el deber de difundir y hacer pedagogía, relacionada con la prohibición en el territorio nacional, a efecto de concientizar la negativa de continuar llevando a cabo citadas programaciones y darle, estricto cumplimiento a la prevención y protección animal.


 Los alcaldes están obligado a controlar las prohibiciones y denunciar en la fiscalía, maltratos, crueldad y violencia, contra cualquier animal. Con anterioridad a la citada ley, también se prohibió, las peleas de perros, cazadas con apuestas, los animales utilizados en los circos y las crías de animales no doméstico, como mascotas, diferentes de: gatos, perros, caballos, patos etc. Queda excluidas de prohibiciones, las cabalgatas.


La Corte Constitucional en fallo unánime, declaró exequible la ley, que deberá entrar en vigencia a partir del 4 de septiembre del año 2027, considerando, que no se debe permitir el maltrato animal, con el pretexto de una tradición cultural, quedando lista la aplicación obligatoria, de la ley 2385/24 en lugares habituados para los juegos. La prohibición generaría juegos clandestinos que estarían perseguidos o arreglados con la policía, autoridad encargada de controles.


Es importante diferenciar los juegos o faenas, de gallos y toros. Las corridas de toros, es diferente a las corralejas y coleos. Se han detectados, torturas a los toros, desde antes de enfrentar la cuadrillas de toreros, para estresarlo, con: encierros, ruidos y untada de aceite, por los ojos, antes salir al ruedo, para el manteo, comenzando por clavarle banderillas, los pican con arpones, ejecutado por jinetes montados a caballos  y terminan, sacrificándolo con una estocadas, que no es otra,  una espada de acero enterrada entre el cuello y el lomo del animal, atravesándole el corazón, originando la agonía de muerte, previo arrojo sangre por la boca, desgonzándose al suelo, constituyéndose en un triunfo para el torero, concediéndoles, los jurados, cortes de orejas y hasta rabo, de acuerdo a la forma malvada en que   asesina el animal, exaltado con flameados de pañuelos blancos, cargados en hombros,   circunstancias palpables, generadoras de reproches y cuestionamiento. Bogotá, Medellín, Manizales, Cali y Cartagena, disponen de plazas para las corridas de toros anuales. 


En las corralejas, no se matan a los toros, estos pueden matar a quienes los provocan, desafían o mantean sin medio de prevención, en estado de alicoramiento. Consiste soltar un toro novillo diferentes a los toros bravíos de lidias, para agitarlos y corretearlo. Los patrocinadores lanzan dineros al ruedo, para que recojan, exponiéndose al peligro. Las corralejas son practicadas en los departamentos de Bolívar, Córdoba, Sucre y Atlántico. 


 El Coleo, es una practica de juego llanero con toros, acondicionando un coliseo circular, donde se suelta un toro en espacio angosto y de tras sale un caballo con jinete a bordo, para agarrarle la cola al toro y torcerla, hasta tumbarlo. Es un deporte en los Llanos colombo-venezolano. En el oriente del territorio nacional, Meta, Casanare, Arauca, Vichada Caquetá; entre otras. 


Las riñas de gallos comprometen los cuatros continentes del mundo y sus prácticas se extiende del siglo XVi. En Europa, se inició por Grecia, Italia, España y Portugal. En Asia la practican desde antes del cristianismo, en las dos naciones mas poblada de mundo, India y China. Además, en filipina, Vietnam, indonesia etc. En América, trajeron las riñas, los conquistadores españoles. Fue adoptadas en las naciones Latinoamericana, Caribe y Norte América. Hasta la fecha, Colombia ha sido la única nación del mundo, que prohíbe juego de peleas de gallo, cuando esta se practica, en por lo menos 80% del territorio nacional. 


En La Guajira, las riñas de gallos, se vienen llevando a cabo desde hace mas de 200 años, hoy en día, tenemos unas 40 cuerdas tradicionales de galleros, que sumarian el conjunto en sus criaderos, mas de un millar de gallos de peleas, atendidos por unos 60 cuidadores, cuya remuneración depende de asistir y atender criaderos de gallos finos. También incrementa ingresos, con los resultados positivos, de los gallos que ganan la peleas. Anteriormente en peleas de gallos no le calzaban espuelas, con elementos artificial punto agudo, de carey y de aluminio, sino que peleaban con sus propias espuela natural punteada de los gallos. Para ganar la riña, se requiere que uno de los gallos, mate al otro. Ahí tipifica el maltrato animal.

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