¡Los recursos públicos, son de todos e intocables!
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Escribió:
IGNACIO RAFAEL ESCUDERO FUENTES
Abg. Esp. En I.J.P. y Derecho Público Uninacional – Docente Uniguajira.
Este viernes 24 de abril de 2020,
el pueblo colombiano no salió de su asombro, tras la realizaron de una rueda de
prensa conjunta de los órganos de control (Procuraduría, la Fiscalía y la Contraloría),
en la que dieron a conocer las escandalosas presuntas irregularidades en la
celebración de contratación pública para atender la emergencia sanitaria que se
vive por la covid-19, estrategia a la que llamaron “Transparencia por la
Emergencia”.
Lo
que llamó la atención fue la intervención en tiempo real de dichos órganos, en
particular la Contraloría General de la Nación que por mandato constitucional
tiene entre otras funciones “velar que los recursos públicos se inviertan
correctamente y cumplan el fin para el cual fue destinado”, a través de un
“control posterior y selectivo, que no sirve para nada, para nada, para nada”.
Sin
embargo, en el marco de las nuevas facultades que le permiten a la Contraloría
General de la República ejercer el llamado control concomitante y preventivo (Acto Legislativo 04 de 2019 “ Por medio
del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal” y en el Decreto Ley 403 del 16 de marzo de
2020, “ Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento
del control fiscal” - criticado por muchos constitucionalistas puestos que, las
experiencias anteriores demostraron que los controles previos eran propensos a
la corrupción - El jefe del organismo de control autorizó activar todos los
mecanismos de seguimiento al recurso público dispuestos para enfrentar y
mitigar los efectos catastróficos que podría generar el virus a la población en
Colombia.
O sea, que, podemos aseverar sin lugar a
equivoco que, el contralor Carlos Felipe Córdoba quien se dio la pela en el
congreso para sacar avante dicha reforma constitucional, en el sentido de
agregar al control posterior y selectivo el preventivo y concomitante, la sacó
del estadio como arma en tiempo real para prevenir eventuales irregularidades
en las inversiones con recursos públicos donde los más afectados serían los
connacionales, sobre todo a los sectores de alta vulnerabilidad que se cuentan
por millones en normalidad; ahora, duplicado con la declaratoria de Estado de Excepción
como consecuencia del letal virus.
Actuar
con diligencia, prontitud y eficacia, también impone a los servidores públicos
de los organismos de control objetividad, imparcialidad y cero sesgos políticos.
Ojalá, los entes de control no tomen como "la espada de Damocles",
para perseguir a los mandatarios territoriales, que, no son afectos al gobierno
o no comulgan con sus políticas centralistas, discriminatorias,
intervencionistas y excluyentes como las que aplican en el departamento de La
Guajira.
Desde
este rincón de la patria, pedimos al alto gobierno y los organismos de control
que, se imponga el imperio de la ley, es lo que queremos y exigimos los
colombianos de bien, pero que se aplique con el mismo rasero para todos el
aforismo en latín que dice: “ Dura lex, sed lex”.
Independientemente
de las opiniones de algunos eruditos en el ordenamiento constitucional, incluso
las demandas que cursan en la Corte Constitucional para que tumben el Acto Legislativo
04 de 2019, considero eficaz la intervención del señor Contralor y aplaudo la
orden impartida a sus inmediatos colaboradores de “realizar, en tiempo real y oportuno,
seguimiento permanente a las medidas que adoptó el Gobierno al decretar el estado
de emergencia económica y social a nivel nacional para contener el contagio de
la covid-19”.
Empero,
la sola actuación de los organismos de control, quienes lo hacen amparado en la
obligatoriedad que tienen en el marco de la Constitución Política de 1991, no
es suficiente. Para ellos, igual da, si hay sancionados o no; si hay recuperación
de recursos públicos o no; quienes al final son damnificados y con creces es el
pueblo que hoy a pesar del esfuerzo que hacen las autoridades nacionales y
territoriales por aliviar la hambruna, claman por una asistencia humanitaria
con el argumento que “no los va a matar el covid 19, sino el hambre”.
En
virtud a lo anterior, propongo que, se activen las veedurías ciudadanas y
realicen Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas especiales a través de los
medios tecnológicos (virtual), con el liderazgo, asesoría y acompañamiento de
los organismos de control, sobretodo la Contraloría General de la Nación, quien
por mandato constitucional debe “garantizar que los recursos públicos asignados
para mitigar la pandemia, cumplan con el fin para el cual fueron destinados”.
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