UN CUENTO CHINO
Para conocimiento
del lector los procesos administrativos en este caso los de Electricaribe, tienen una fecha límite para ser respondidos
por los usuarios enjuiciados, estos deben responderse de manera puntual y con
argumentos de ley lo inculpado por la empresa, obviamente con la dificultad de
no conocer las herramientas que te da el estado como la ley 142 de 1994(Ley de
Servicios Públicos Domiciliarios), estaríamos dando palo a ciegas, pero en el
entendido que se pudiese buscar ayuda y lograr el objetivo de encausar bien las
respuestas, nos estaríamos enfrentando al más temible pero improbado manejo
administrativo de una empresa contra sus usuarios.
Electricaribe SA
ESP, en medio del proceso gubernativo te hace firmar notificaciones con fechas
atrasadas logrando con esto que tus reclamos sean expuestos a la figura de la
extemporaneidad, figura esta que nos dice que predertimadamente fuimos
engañados por la empresa, ya que al estampar nuestras firmas sin fecha de
recibido estamos aceptando la fecha que trae consigo el documento, perdiéndose
el proceso y no dándonos la posibilidad del Recurso de Reposición con Subsidio
de Apelación ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Seria este un
Cuento Chino de nunca acabar, ya que mientras los usuarios buscan la manera de
ahorrar energía, la empresa busca mediante la ignorancia del usuario la forma
que los procesos se "caigan" por no ser entregados dentro de los límites
dispuestos, poniéndolos a firmar respuestas administrativas caducas en el
tiempo.
Así pues amigos
guajiros, acuérdense siempre de leer lo notificado y sobre todas las cosas
escribir al lado de tu firma la fecha de recibido, ya que con Electricaribe no
se puede!.
Amanecerá y veremos.
Pedro Arteta Bonivento
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