El abandono del pueblo wayuu
Por: Elder Pérez Ballesteros, docente de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas de Uniguajira.
Riohacha, 03/08/2022. Recientemente miembros de la organización Sumain Wayuu bloquearon las entradas del Distrito de Riohacha a manera de protesta por el incumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017. Cuando esta se emitió por la Corte Constitucional fue motivo de alegrÃa y esperanza para los guajiros y el pueblo wayuu en concreto, ya que de alguna manera se manifestó el abandono al que han estado expuestos, asà como el desinterés de los gobernantes por garantizar una vida digna a la comunidad indÃgena.
Ciertamente, muchos habitantes del departamento aun no comprendemos qué significa vivir en un estado social de derecho y menos de qué manera está articulada la polÃtica con las órdenes judiciales, pero al menos podemos saber con certeza que los gobernantes deben acatar estas órdenes en la medida en que esto permite encausar algunas acciones que pueden estar afectando a una persona o a un conjunto de ellas.
La Sentencia T-302 ha dejado entrever que para su cumplimiento se requiere de voluntad polÃtica y presupuesto y aunque lleve tiempo, en la medida en que se implemente se puede ir garantizando los derechos fundamentales de los afectados. Además, en este proceso todos como sociedad podemos entender cómo se desarrolla una polÃtica pública en una región pluriétnica.
En esa medida, la sentencia es inédita, cubre los cuatro municipios – que forman el resguardo de la Alta y Media Guajira – Riohacha, Maicao, Manaure y Uribia, donde hoy la población wayuu se rige por sus usos y costumbres o lo que también se conoce como Akuaipaa. Por tanto, las consultas para su implementación deben ser culturalmente apropiadas y no con las metodologÃas unilaterales que el gobierno ha tomado como hábito y de manera persistente aplica en su accionar.
De allà esa lógica de imponerse y hacer las cosas a su manera. Los funcionarios elaboran documentos cargados de datos y cifras estadÃsticas muy distantes de la realidad que en las visitas y audiencias de la corte exponen con bombos y platillos. Mientras en la práctica fraccionan y atomizan a las comunidades a su antojo, no dándose cuenta (o sÃ) que con ello van en contravÃa de la Constitución en la medida en que contribuyen a la extinción cultural de un pueblo que tiene una visión de mundo diferente y cuyos aportes para la formación de una identidad guajira destaca en el ámbito comercial y turÃstico.
No podemos aceptar que hoy el Estado colombiano diga que no es posible establecer un diálogo genuino y que las reuniones que hicieron son las que se adecuan al Akuaipaa wayuu. De hecho, debieron hacer encuentros en cada corregimiento como la unidad mÃnima para la consulta, concertación y orientación de la activación del Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las PolÃticas Públicas (MESEPP) para la superación del estado de cosas inconstitucional que hoy vive el pueblo wayuu.
Decidieron, en cambio, trabajar la metodologÃa aplicada por el Ministerio del Interior imponiendo sus lógicas de reuniones y atendiendo de manera procedimental lo que debiera ser la ruta para la implementación de una sentencia que salvaguarda los derechos fundamentales de un pueblo y su futuro.
Y que, por cierto, a casi ya cinco años de la sentencia todavÃa no ha pasado nada. Mas allá, por fortuna, de unas medidas cautelares adoptadas por la corte para la construcción de un plan de acción provisional para evitar la muerte de niñas y niños Wayuu por desnutrición aguda. Que, aun asÃ, no es suficiente.
Elder Rafael Pérez Ballesteros
Sociólogo, candidato a doctor en Conocimiento y Cultura en América Latina y docente de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas de Uniguajira
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